El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que supone un importante respaldo para agricultores y ganaderos que tributan en el sistema de estimación objetiva o régimen de módulos. El fallo establece que las compensaciones del IVA recibidas por estos profesionales no deben contabilizarse como ingresos, lo que evita que muchos de ellos superen los límites establecidos para permanecer en este sistema tributario simplificado.
La resolución judicial, fechada el 25 de febrero de 2026, contradice el criterio que venía aplicando el Tribunal Económico-Administrativo Central, que sí permitía incluir estas compensaciones dentro del cómputo global de ingresos.
Según el Supremo, esta interpretación distorsionaba las ganancias reales de las explotaciones agrarias, provocando que miles de agricultores y ganaderos fueran expulsados del sistema de módulos y obligados a pasar a modelos de tributación más complejos y costosos.
Posibilidad de reclamar cantidades pagadas de más
Tras esta sentencia, los profesionales que hayan resultado afectados por la aplicación del criterio anterior de la Agencia Tributaria podrán solicitar la rectificación de ingresos indebidos correspondientes a los ejercicios no prescritos.
Esto abre la puerta a reclamar las cantidades pagadas de más durante los últimos cuatro años, siempre que los periodos fiscales no hayan prescrito.
Desde ASAJA han pedido al Ministerio de Hacienda que habilite un procedimiento ágil para realizar declaraciones paralelas y rectificar las liquidaciones fiscales, de manera que los agricultores puedan recuperar con mayor rapidez las cantidades abonadas en exceso.
La organización agraria también reclama que se reincorpore al régimen de módulos a los agricultores y ganaderos que fueron expulsados tras superar el límite de 250.000 euros de ingresos, cuando dicho cálculo incluía indebidamente las compensaciones del IVA.
Seguridad jurídica para el sector agrario
El Tribunal Supremo recuerda en su sentencia que el sistema de módulos tiene como finalidad simplificar las obligaciones fiscales de pequeños negocios y explotaciones agrarias. Además, subraya que la propia normativa del IVA ya excluye estas compensaciones del cálculo de ingresos.
Las órdenes ministeriales que regulan los módulos para 2025 y 2026 ya incorporaban esta interpretación, lo que ahora queda reforzado con el pronunciamiento judicial.
Para ASAJA, el fallo supone un importante alivio para el sector, ya que aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos en España tributan mediante este sistema simplificado, clave para la viabilidad económica de muchas explotaciones agrarias.