El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a Jesús León, empresario montoreño y expresidente del Córdoba CF, al considerar prescrito el delito de administración desleal por el que fue condenado a cuatro años de prisión en marzo de 2025.
La resolución también beneficia al expresidente Carlos González en el conocido como caso chalet.
La información ha sido adelantada por Diario Córdoba. El fallo estima los recursos presentados por las defensas y deja sin efecto las penas de prisión, así como la indemnización de 1,2 millones de euros que debía recibir el Córdoba CF.
La prescripción, clave en la resolución
La Audiencia Provincial de Córdoba consideró probado que, entre enero de 2015 y febrero de 2016, salieron de las cuentas del club 1.224.294,06 euros con destino a Grucal, la constructora vinculada a Jesús León, mediante facturas relacionadas con una ciudad deportiva que nunca llegó a construirse.
Según la sentencia inicial, con esos fondos se sufragó la reforma del chalet de Carlos González en La Moraleja, cuyo coste ascendió a 894.452,60 euros.
Sin embargo, el TSJA realiza una valoración diferente del perjuicio económico ocasionado al club. Al tener en cuenta que González poseía el 98,7 % de las acciones de la entidad, considera que el daño afectaría únicamente al 1,3 % restante, lo que reduce la cantidad a 15.915,88 euros.
Esta interpretación lleva al tribunal a aplicar el tipo básico del delito de administración desleal, cuyo plazo de prescripción es de cinco años, en lugar de los diez correspondientes al tipo agravado. El último pago investigado se realizó el 3 de febrero de 2016 y la denuncia se presentó el 9 de marzo de 2021, cuando, según el TSJA, el plazo ya había expirado.
Sin indemnización y con posibilidad de recurso
La resolución también anula la indemnización de 1,2 millones de euros que debía percibir el Córdoba CF y la responsabilidad civil subsidiaria de Grucal.
Además, el tribunal recuerda que el club había renunciado expresamente a las acciones civiles mediante un escrito fechado el 15 de febrero de 2022, pese a lo cual la Audiencia Provincial concedió la indemnización.
La sentencia, fechada el 15 de octubre de 2026, no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
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