Cañete de las Torres entra en el listado de municipios cordobeses con riesgo sísmico de grado VII

La localidad figura entre los 36 municipios de la provincia incluidos en el nuevo mapa de peligrosidad sísmica del Gobierno y deberá contar con un plan de actuación ante terremotos

16 de octubre de 2026 a las 16:05h
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Vista aérea de Cañete de las Torres
Vista aérea de Cañete de las Torres

El nuevo mapa de peligrosidad sísmica publicado por el Gobierno sitúa a Cañete de las Torres en el nivel de intensidad VII, una categoría que obliga a los municipios incluidos en ella a disponer de un plan local para actuar ante posibles terremotos. La provincia de Córdoba suma 36 localidades en esta clasificación, según la nueva normativa de Protección Civil.

La Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de terremotos fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 6 de octubre y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el día 10. El documento actualiza la planificación frente a estos fenómenos a partir de los estudios de peligrosidad del Instituto Geográfico Nacional (IGN).

En el Alto Guadalquivir, los otros siete municipios —Adamuz, Bujalance, El Carpio, Montoro, Pedro Abad, Villa del Río y Villafranca de Córdoba— se sitúan en el nivel VI, mientras que buena parte del norte de la provincia presenta una intensidad prevista de grado V.

La clasificación no significa que vaya a producirse un terremoto próximamente. Los estudios permiten estimar la peligrosidad sísmica de cada zona, pero no predecir cuándo tendrá lugar un seísmo.

Qué implica el nivel VII de intensidad

La Escala Macrosísmica Europea (EMS-98) considera el grado VII como 'dañino'. Un terremoto de esta intensidad puede provocar grietas en paredes, desprendimientos de elementos constructivos y daños de distinta consideración, especialmente en edificios vulnerables.

El grado VI se considera 'ligeramente dañino' y puede ocasionar la caída de objetos y desperfectos leves en determinadas construcciones. El nivel V corresponde a temblores que pueden ser percibidos por buena parte de la población y provocar el movimiento o la caída de algunos objetos.

La intensidad no debe confundirse con la magnitud, que mide la energía liberada por un terremoto. Tampoco significa que todos los edificios de una zona vayan a sufrir los mismos daños, ya que las consecuencias dependen, entre otros factores, de las características de las construcciones y del terreno.

Mapa publicado en el BOE.
Mapa publicado en el BOE. -

Planes locales para responder ante terremotos

Los municipios incluidos en el listado de intensidad VII o superior deberán disponer de un plan local de actuación ante el riesgo sísmico, coordinado con la planificación de protección civil de la Junta de Andalucía.

Estos documentos deben identificar los recursos disponibles, establecer los procedimientos de aviso a la población y contemplar las medidas de protección y evacuación que pudieran resultar necesarias. También deben prever la coordinación entre los servicios de emergencia y las administraciones implicadas.

La normativa permite que los municipios de menos de 5.000 habitantes puedan acogerse a modelos simplificados, siempre que así lo contemple la planificación autonómica. Las diputaciones provinciales también podrán prestar asistencia técnica para facilitar la elaboración de estos planes.

La nueva directriz sustituye a la normativa aprobada en 1995 y establece un plazo de cuatro años para adaptar los planes de protección civil a sus disposiciones.

En la provincia de Córdoba, Iznájar es el único municipio incluido en el nivel de intensidad VIII o superior, considerado «gravemente dañino». Las otras 35 localidades del listado, entre ellas Cañete de las Torres, figuran en el nivel VII.

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Pablo Herrera
Pablo Herrera

Periodista

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