Adiós a renovar a los 21: la Junta cambia las reglas y alarga el título de familia numerosa hasta los 26 años

El nuevo criterio toma como referencia al hijo menor y no al mayor, un cambio que beneficiará a miles de familias andaluzas y simplifica los trámites administrativos

18 de febrero de 2026 a las 13:38h
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Con el nuevo criterio, la edad máxima se fija directamente en los 26 años y se aplica al hijo menor
Con el nuevo criterio, la edad máxima se fija directamente en los 26 años y se aplica al hijo menor

Cambio importante que afecta directamente al bolsillo y a los derechos de miles de hogares andaluces. La Junta de Andalucía ha modificado el criterio para reconocer la condición de familia numerosa, un ajuste normativo que permitirá mantener el título durante más tiempo y evitar renovaciones anticipadas.

Hasta ahora, la vigencia del título dependía de la edad del hijo mayor. Cuando este cumplía 21 años, la familia estaba obligada a renovar el reconocimiento y solo podía ampliarlo hasta los 26 si acreditaba que seguía estudiando. Con el nuevo criterio, la edad máxima se fija directamente en los 26 años y se aplica al hijo menor, lo que supone una ampliación automática de la duración del título en numerosos casos.

Este cambio se recoge en la disposición final primera del proyecto de decreto que regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en Andalucía, y modifica el decreto 172/2020 que regula el procedimiento para las familias numerosas. La medida cobra especial relevancia en una comunidad que lidera el número de familias numerosas en España, con más de 147.000 reconocidas según datos oficiales de 2024.

Además de simplificar los trámites administrativos, la reforma evita situaciones frecuentes hasta ahora, en las que las familias perdían temporalmente beneficios fiscales, educativos o sociales por retrasos en la renovación del título al cumplir el hijo mayor los 21 años.

Más control… pero sin recortar derechos

La modificación normativa mantiene la obligación de comunicar cualquier cambio que suponga la pérdida de requisitos, pero introduce una novedad: la Junta pondrá en marcha un plan específico de control para prevenir posibles fraudes en la conservación del título. Desde el Gobierno andaluz se subraya que este refuerzo de la supervisión no supondrá un endurecimiento de las condiciones, sino una mejora en la gestión del sistema.

Reconocimiento oficial a las familias monoparentales

El decreto no se limita a las familias numerosas. Por primera vez, Andalucía regula de forma específica el reconocimiento de las familias monoparentales, que contarán con un título oficial acreditativo válido ante cualquier administración o entidad pública o privada en la comunidad.

Se considerarán familias monoparentales aquellas formadas por un solo progenitor con uno o varios descendientes a su cargo, por filiación, adopción, tutela o acogimiento permanente, siempre que exista dependencia económica. También se incluyen casos especiales como víctimas de violencia de género o abandono familiar, siempre que exista resolución judicial firme.

En estos casos, los hijos podrán mantener la condición de beneficiarios hasta los 26 años, sin límite de edad cuando exista una discapacidad igual o superior al 33% o una incapacidad permanente para trabajar.

Cómo solicitar o renovar el título

El título de familia numerosa deberá solicitarse mediante el formulario oficial dirigido a la Delegación Territorial de Inclusión Social correspondiente al domicilio del solicitante. El trámite puede realizarse tanto de forma telemática, a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta, como de manera presencial en registros oficiales.

Desde la administración se recuerda la importancia de aportar un certificado de empadronamiento colectivo que acredite la convivencia de todos los miembros de la unidad familiar.

Con este cambio, Andalucía da un paso más en la adaptación de sus políticas familiares a la realidad social actual, aliviando la carga burocrática y ampliando la protección a miles de hogares.

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