La empresa promotora Greenalia ha acusado a las plataformas contrarias a los proyectos fotovoltaicos previstos en Lopera (Jaén) de tergiversar deliberadamente un auto judicial de inadmisión para hacer creer que la justicia ha confirmado la existencia de irregularidades en dichas instalaciones. Según la compañía, las informaciones difundidas en las últimas semanas presentan de forma parcial la situación procesal real con el objetivo de presionar a las administraciones locales para que paralicen la concesión de licencias de obra.
Greenalia sostiene que los proyectos cuentan con todas las autorizaciones sectoriales y ambientales otorgadas por la Junta de Andalucía, que no fueron recurridas en plazo y, por tanto, son firmes desde el punto de vista jurídico. Estas autorizaciones fueron públicas, incluyeron periodos de información pública y podían ser impugnadas por ciudadanos y colectivos, algo que —según la empresa— no ocurrió en su momento por parte de las plataformas ahora denunciantes.
La promotora incide en que los recursos presentados en enero de 2026 ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) y ante órganos judiciales de Jaén son manifiestamente extemporáneos, al haberse formulado años después del otorgamiento de los permisos y cuando los proyectos se encuentran ya en fase de licencias municipales. A su juicio, esta actuación responde a una estrategia de bloqueo tardío y no al ejercicio legítimo de acciones legales en los tiempos previstos por el ordenamiento jurídico.
En este contexto, Greenalia recuerda que la propia Junta de Andalucía rechazó iniciar un procedimiento de revisión de oficio de las autorizaciones, solicitado por las plataformas opositoras, al no apreciar causas de nulidad de pleno derecho. Además, el Gobierno andaluz ha defendido en sede parlamentaria la corrección de la tramitación ambiental, subrayando que más de un tercio de la potencia fotovoltaica solicitada en Andalucía fue rechazada por no superar los filtros medioambientales, lo que —según la empresa— demuestra el rigor aplicado a los proyectos que sí obtuvieron autorización.
Respecto al auto dictado el 26 de enero de 2026 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Andújar, la empresa subraya que se trata únicamente de una inadmisión por incompetencia, sin pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto ni sobre la legalidad de los proyectos. Según Greenalia, las referencias a supuestas irregularidades reproducen exclusivamente los argumentos de la parte denunciante, sin contradicción procesal y sin que la empresa haya podido personarse o aportar pruebas.
La promotora insiste en que dicho auto no anula permisos, no suspende actividades ni declara fraude de ley, y que utilizarlo como argumento para paralizar licencias municipales constituye una interpretación jurídicamente incorrecta. En este sentido, también rechaza la comparación con los proyectos anulados en Bujalance y Montoro, al tratarse —según defiende— de procedimientos distintos, ya que en aquellos casos existían recursos presentados en plazo que permitieron al tribunal pronunciarse sobre el fondo.
Por último, Greenalia advierte de que los ayuntamientos tienen la obligación legal de conceder las licencias de obra cuando los proyectos cumplen todos los requisitos exigidos, y que una denegación o retraso injustificado podría generar responsabilidad patrimonial para las corporaciones locales. La empresa sostiene que las licencias son actos reglados y que documentará cualquier demora que no esté motivada por deficiencias objetivas del expediente, reservándose el ejercicio de las acciones legales oportunas.